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Crónicas
Apéndice
II

Representación para que no se suba el precio del remate de los oficios de Corregidor y de Alférez Real, hecha a la Real Audiencia a nombre del Cabildo y Vecindario de Santiago, por el alcalde don Melchor Jufré del Águila, en 15 de Enero de 1612. [1]

(Vol. 479 del fondo Real Audiencia de la Biblioteca Nacional)

Muy poderoso señor:

El capitán don Melchor Jufré del Águila, vuestro alcalde ordinario desta ciudad, cabeza deste Reino, en nombre della y dél,  y en aquella vía y forma que de derecho mejor lugar haya, parezco ante V.A., y digo que:

Habiéndose mandado por V.A. vender los oficios del regimiento y alferazgo real desta ciudad, apercibiendo en que se rematarían en los mayores ponedores, los más de los vecinos y moradores desta ciudad lo sentimos con extremo, hallándonos imposibilitados de poder comprarlos (mayormente en competencia de hombres ricos della) por haber gastado nuestras haciendas en vuestro real servicio, siguiéndole muchos años a nuestra costa, unos treinta, otros veinte, y los que menos, ocho o diez años; y por haber servido a vuestra real corona con empréstitos de mucha hacienda para el dicho ministerio, de lo cual tenemos libranzas y testimonios de vuestros gobernadores, que nos están por pagar en mucha cantidad; la cual, si se nos pagara, pudiéramos con ella poner y pujar los dichos oficios en mucha más cantidad de la que los mayores ponedores los han puesto.
Y visto que a las posturas de los dichos oficios, por la dicha necesidad, no salían personas de las que por elección bien mirada suelen andar en ellos, acordamos que el capitán don Francisco Rodríguez de Ovalle, nuestro procurador, pareciese ante V.A., suplicando se sirviese de no admitir a las dichas posturas, personas que no fuesen muy cabalmente idóneas para el dicho ministerio, así en calidades como en suficiencia; el cual lo hizo. Y demás desta suplicación, ofreció siete vecinos feudatarios que pusieron los dichos siete oficios en tres mil patacones, que es lo más que según lo referido, se pudieron alargar a dar por ellos.

Y porque a la dicha petición y postura V.A. no se ha dignado de responder, pareciéndonos que pudo parecer inconveniente que todos los propuestos fuesen feudatarios, yo ofrezco otros siete en nombre de los ciudadanos, que son: el capitán don Bernardino de Quiroga, el capitán don Juan Ruiz de León, el capitán Diego de Ulloa, el capitán Salas, actual regidor, Bartolomé de Escobar, Pedro del Castillo, y yo, que en nombre de todos, y obligándome al cumplimiento por todos, ofrezco la misma postura que hizo nuestro procurador general, en la misma cantidad, para que V.A., por elección o por suertes, de todos catorce, elija siete.

Y así mismo ofrezco con que V.A. mande que no se admita postura de quien no haya sido regidor, que daré de los catorce nombrados o de otros que hayan sido del dicho regimiento, personas siete que den por los dichos regimientos a seiscientos patacones; y por el alferazgo mil, con que se servirá a S.M. con poco menos que lo que al presente están puestos.

Y supuesto, como se debe suponer, que la principal intención de S.M. en mandar vender los dichos oficios, es que las repúblicas con los regidores perpetuos sean más bien gobernadas; y en esta tierra (por cuyo aumento gasta de su real hacienda cada un año más de trescientos mil patacones), no se puede ni debe entender que quiera por dos o tres mil patacones, que son tan poco aumento de hacienda, entristecer y afligir tantos y tan leales vasallos, como, a causa de no poder entrar en los dichos oficios, quedarán privados de ellos para siempre, y puestos en ser gobernados por personas de menos servicios que ellos; principalmente habiendo procedido la dicha imposibilidad del dicho vuestro real servicio y empréstitos fechos para él; la cual razón, en esta sola república, es y corre singularmente, sin que en otra alguna, donde los dichos oficios se han vendido, se haya alegado o podido alegar; por lo cual y por lo demás del derecho que es o puede ser en nuestro favor en manera alguna que he aquí por alegado y expreso,

A V.A. suplico se sirva admitir la dicha postura; o mandar que no se rematen los dichos oficios, sino en personas de las que otra vez han entrado en el tal regimiento por elección; o cuando esto lugar no haya, sobreseer el dicho remate hasta que S.M. sea informado del estado de esta causa, o por lo menos vuestro visorrey del Pirú; y pido justicia y merced.

Don Melchor Jufré del Águila.

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[1] Esta representación y el testamento siguiente están limpiamente escritos de puño y letra de su autor. -M.