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Diarios, Memorias y Relatos Testimoniales
Capítulo VI. El Triunfo de la Revolución. La Constitución de la Junta Nacional de Gobierno. 1810-1811
Documento 8. Circular a las provincias para que nombren un Diputado que las represente para organizar el firme Gobierno sucesivo

Cuando por el Real decreto de la sucesión de mandos y renuncia del señor don Francisco Antonio García Carrasco recibí la posesión de este reino me propuse el desempeño de mis deberes, con todo aquel esmero que, en los distintos continuados cargos con que me ha honrado el Rey y la patria, he procurado acreditar mi fidelidad y patriotismo; cada uno de mis amados súbditos ha ocupado siempre el primer lugar en mi corazón y todos en general sólo han sido unos hermanos, los más dignos de mi atención; distinguiéndose a porfía con su obediencia, han aliviado en cuanto ha dependido de ellos, las pesadas tareas del Gobierno.

Ninguno ha dudado el respeto a las leyes, a las autoridades y al adorable y desgraciado Fernando; por el contrario, interesado en hacer eternos unos respetos tan gloriosos, se suscitaron sus opiniones en el pueblo sobre si se debía instalar una Junta Gubernativa del reino para su mayor seguridad y conservación.

Tan lejos ha estado ninguno de pensar hacer el menor desaire a la autoridad que manda, como de creerlo.

El empeño y las medidas de hacer perpetua una fidelidad, de mantener la seguridad pública y de acordar con los primeros y más ilustrados hombres del reino, a más de ser un precepto de las leyes en las circunstancias del día, es cabalmente lo que debe interesar, a todo buen vasallo del Monarca.

Los conocimientos repartidos de muchos, unidos después, a un propio objeto deben reputarse más seguros que los de uno solo muy fácil de equivocarse; éste medita mucho; pero acompañadas y discutidas sus reflexiones con las de otros, quedará tan alambicado el acierto que sólo por desgracia podrá seguirse un yerro.

Así lo debe confesar todo el que obra sin intereses particulares, y el Gobierno ha conocido que en esto consiste la mayor gloria de sus súbditos y que tanto más le aman cuanto se interesan en proporcionarle medios de acertar siempre.

El ilustre Ayuntamiento que veía las conversaciones privadas y públicas; el ardor con que ambos partidos se agitaban por tan buena causa, encaminándose las miras de uno y otros al único fin de ser felices con ser españoles; representó al Gobierno que convenía el examen de la cuestión entre los primeros cuerpos vecinos, y después de algunos trámites en repetidas Juntas de éstos, se resolvió por el voto general unirse el 18 del corriente en las salas del Consulado, los jefes de las corporaciones por sí o por sus diputados, y los primeros nobles de la capital, tomándose antes todas las precauciones necesarias para evitar el desorden.

Pasaron de cuatrocientos cincuenta los concurrentes a quienes se les había dado esquela de convite.

Entre aquel gran número no hubo uno que discordase del pensamiento de instalarse en el día una Junta Provisional Gubernativa ínterin las provincias enviaban sus diputados; los señores electos fueron los que van nombrados en el Bando adjunto; en él verá V. S., las demás razones que dieron mérito a esta instalación si no mandada verificar por el Supremo Consejo de Regencia, al menos consentida en Cádiz a su frente, y con el objeto de que la de aquella leal ciudad sirviese de modelo a todos los reinos de América, según se previene en los impresos mandados de oficio a esta superioridad.

¿Qué se diría del actual Gobierno si cuando la Municipalidad lo clamó, el pueblo generalmente lo ruega, la soberanía lo aconseja, y la necesidad lo llora, se negase a una solicitud que no ha tenido otro interés, que la mejor causa de toda la nación?

En cualquier lance desgraciado ¿cuál sería su disculpa?

La ambición del mando nunca debe cegar al superior fiel ni el interés común comprometerse por el particular.

Con la mayor satisfacción ha recibido este Gobierno a los señores que ha sido preciso hacerlos compañeros del mando.

Nunca ha tenido igual regocijo en sus cansados años el que antes sólo lo ocupaba, que cuando observó las aclamaciones de un pueblo el más honrado del universo, sin haber intervenido el más pequeño desorden, ni la más corta desgracia.

En cinco horas quedó todo acordado; es necesario que así lo haga entender en esa provincia, haciendo publicar el Bando insinuado y convocando al Ayuntamiento para que nombre un diputado que, representando  la provincia, ocurra a esta capital para organizar el firme Gobierno sucesivo con entera subordinación a nuestras leyes a nombre de Fernando Séptimo y con dependencia a la legítima soberanía que lo representa.

La prudencia y buen celo de V. dispondrá así se cumpla con la mayor brevedad y sin el menor estrépito.- Dios guarde a V. muchos años.- Santiago y septiembre 19 de 1810.

                        El Conde de la Conquista.- Fernando Márquez de la Plata.- Ignacio de la Carrera.-
Francisco Javier de Reyna.- Juan Enrique Rosales.- Don José Gregorio Argomedo, Secretario.

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