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Diarios, Memorias y Relatos Testimoniales
Capítulo VI. El Triunfo de la Revolución. La Constitución de la Junta Nacional de Gobierno. 1810-1811
Documento 28. Oficio de la Junta a la de Buenos Aires

Santiago de Chile, 12 de noviembre de 1810.

Excmo. Señor:

Concurriendo todas las circunstancias locales y políticas a consolidar la unión, que debe subsistir en ése y en este reino, esperamos que en todas ocasiones sean mutuos y eficaces los auxilios.

Bajo de este principio y el de estar expuestos muchos de nuestros puertos como también falto de todo género de armas y muy en particular de las de chispa, lo hacemos presente a V. E. para que a costa de cualesquiera recursos se digne facilitarnos seis mil fusiles y mil pares de pistolas. Este auxilio, las demás medidas que oportunamente se toman, unidas al valor, patriotismo y fidelidad de sus habitantes, nos ponen a cubierto de cualquiera invasión del común usurpador y potencias extranjeras, especialmente cuando contamos defendido ese interesante punto por el celo y actividad de V. E.

Pero necesitando para lo sucesivo tener de repuesto suficiente número de armas, le ha parecido a esta Junta indispensable comprometer e interesar la alianza y respetos de V. E. a efecto de que se le proporcione a la mayor brevedad un fabricante de fusiles y un fundidor de cañones, y satisfecha de que su resultado será la pronta y más fecunda prueba de nuestra amable unión y confianza, no duda que esta recomendación le merecerá a V. E. todo el aire que se promete.

Dios guarde, etc.

La Excelentísima Junta.

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