Cuando el Congreso advirtió, la necesidad de tener en Buenos Aires un encargado, nada hubo de más natural que nombrarle, gratificarle, instruirle y prevenirle cómo debe dirigirle sus avisos en negocios públicos.
Esto es todo lo que aparece en sus actas y oficios y es todo lo que debe aparecer. Para que V. E. le comunique sus órdenes se le dio la de que se presentase a recibirlas. La correspondencia privada y de asuntos en que no debe sin perjuicio aventurarse el secreto, se acordó la llevase con los secretarios de éste y ése cuerpo, tanto porque nunca faltase quien lo conteste, como porque así se creyó ocurrir mejor a los intereses del reino; pero si V. E. concibe que podrá llenarse más bien este importante encargo, recayendo en otro individuo suyo, se asociará con él aquel que elija el Congreso. Lo que indudablemente importa es, que parta luego y que al llegar a su destino, encuentre las instrucciones reservadas, que mientras tanto pueden formarse por una comisión, compuesta de miembros de ambos cuerpos en que se salvarán todos los embarazos que no permita ahora la angustia del tiempo. Con lo que se logrará el sigilo y el mejor servicio de la patria inseparable de la buena armonía y acuerdo e inconciliable con los ápices y la demora.
Dios guarde &. Sala del Congreso y octubre 26 de 1811.
El Congreso.
Excelentísimo señor Presidente y vocales de la Junta Provisional de Gobierno.
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