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Diarios, Memorias y Relatos Testimoniales
Capítulo XIII. Carrera Árbitro de la Suerte del Infeliz Reino de Chile
Documento 7. Circular a las autoridades provinciales sobre el Reglamento constitucional

Aunque se reconoció en Chile la necesidad de una convención social desde que para su seguridad separó las autoridades que abusivamente ocupaban el lugar de la general voluntad, bajo cuyo imperio sólo debe vivir el hombre libre y civilizado, y se tenían todas las ideas y sentimientos, que impelieron a otras provincias leales de la nación a un paso semejante; pero era muy difícil, y arriesgado entre las angustias de la incertidumbre, de la novedad y de los urgentes cuidados que llamaban con preferencia la atención, detenerse a dar formas de instituciones, y elevar a reglas las máximas y principios en que ya todos estaban de acuerdo. Esto es lo que acaba de hacer el pueblo de la capital y lo presenta a los demás para que en uso de aquel derecho imprescriptible y precioso de regirse, y con aquella franqueza noble que constituye el carácter chileno, y que es el vínculo fuerte que une esta gran familia, lo adopten llanamente o lo modifiquen para que acordado una vez, sea por ahora la expresión del consentimiento común, que alejando recelos de arbitrariedad en el interior, disipe las sombras que puede haber esparcido en la distancia contra el honor del país, o la ignorancia, la malicia. Este Reglamento prepara la formación del que perpetuamente ha de afianzar nuestra prosperidad; mientras tanto será el santuario de las inmunidades de los pueblos[,] el símbolo de la justa libertad, de la fraternidad, y de la firme resolución de sacrificarlo todo a la dicha de la patria. Este Gobierno lo ha recibido de manos de los diputados del pueblo; lo ha aceptado y jurado cumplir; han hecho lo mismo todas las corporaciones y funcionarios públicos; los militares se han obligado del propio modo a sostenerlo, y en su ejecución se practicaron las elecciones de los individuos que han de ejercer los empleos creados en él; se nos ha confiado el Poder Ejecutivo; don Agustín Vial fue electo Secretario del despacho interior, y don Manuel de Salas de las correspondencias de fuera. Para miembros del Senado se eligieron el Doctor don Pedro Vivar, Presidente; el padre Camilo Henríquez, Secretario; Doctor don Gaspar Marín; suplente de éste el Doctor don Joaquín Echeverría y Larraín; Doctor don Juan Egaña; don Francisco Ruiz Tagle; don José Nicolás de la Cerda; y don Manuel Antonio Araoz. Suplentes para cualquier evento, don Joaquín Gandarillas y don Ramón Errázuriz. Para el Cabildo don José Agustín Jara, don José Antonio Valdés, don Anselmo de la Cruz, don Antonio de Irisarri, don Antonio Hermida, don Tomás Vicuña, don Nicolás Matorras, don José Manuel Astorga, don Baltasar Ureta, don José María Guzmán, don Isidoro Errázuriz, don Juan Francisco Larraín.

A consecuencia hará V. convocar a todas las personas de esta provincia, que por cualquiera respecto sean dignas de consideración, para que impuestos detenidamente en este asunto, en su espíritu, y objetos, expongan con plena libertad cuanto crean convenir a solidar la igualdad de los otros, la unidad indivisible de los pueblos, y la felicidad pública e individual; recordándoles al mismo tiempo que es una facultad, y una obligación de todo buen ciudadano concurrir siempre al bien de la sociedad de que es miembro, y que así pueden y deben dirigir sus advertencias en todos ramos a esta junta, al Senado, y después al Congreso de Representantes, cuya reunión será uno de los primeros objetos de las tareas de este nuevo Magistrado digno por cualquier aspecto de la general confianza.

Nuestro Señor guarde a v. muchos años. Santiago 14 de noviembre de 1812.

Prado.- Portales.- Carrera.

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