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Crónicas
Tomo II
Capítulo CI. Espatriacion de los jesuitas de Chile i estincion de su instituto.

Iñigo de Loyola i Sonnez, conocido por el nombre de Ignacio en 1491, gobernando la iglesia Inocencio VIII i la monarquía española los reyes católicos don Fernando i doña Isabel, nació en Guipúzcoa, de padres nobles, que lo fueron Beltran i doña María Sonnez, tronco de esta ilustre familia. En su juventud elijió la honrosa carrera de las armas i se hallo en el sitio i rendicion de Pamplona, atacada por las armas de Franciá, de donde salid con la pierna derecha rota de una bala de cañon (1521). Curó milagrosamente de la herida i fué el principio de su conversion. Determinó dejar la milicia de los reyes de la tierra por alistarse en la de Jesucristo. Con este propósito dejo su casa, su pais i sus conveniencias temporales, i resolvió hacer varias peregrinaciones hasta visitar los santos lugares de Jerusalen. Para llevar adelante su buen ánimo con utilidad del prójimo, luego que regreso del Asia, volvió a España i paso a Alcalá a estudiar latinidad. Vivia de la providencia en los hospitales (1526), i su vestido era una túnica de sayal. Aquí se le agregaron tres, compañeros que llevaban el mismo vestuario i observaban. el mismo método de vida. Enseñaban a los niños el testo de la doctrina cristiana i hablaban de cosas espirituales a toda clase de jente que les queria oir. Sobre esto tuvo no pocas persecuciones que no me detengo a referir i le obligaron a dejar la ciudad de Alcalá i trasladarse a la de Salainanca, de donde por igual causa salió para Paris (1528). Estudio filosofía i teolojía en el colejio de Santa Bárbara, i observando el mismo método de vida se le allegaron hasta nueve compañeros, españoles, franceses i saboyanos, todos injeniosos i de buenas esperanzas.

En 1534, se propusieron la idea de formar una compañía que trabajase por la mayor gloria de Dios i bien espiritual del prójimo. Para asegurarse mas en su propósito, después de haber recibido los sacramentos de la penitencia i eucaristía, el 15 de agosto en la iglesia de Mons Martyrum, sita a una legua de Paris, hicieron voto de perpétua castidad i de pobreza, i de ofrecerse a voluntad de la Santa Sede para misiones de infieles i para lo que la pareciese convenir a la mayor gloria de Dios i bien espiritual del prójimo en cualquiera pais a donde les quisiere destinar. I si el Papa se lo permitia, i en los años de 37 i 38 siguientes, se presentase pasar a la Asia i visitar los santos lugares de Jerusalen. Finalmente, trataron de que el punto de reunion debía de ser en Venecia, a principios del año de 1537 i se dispensaron a poner fin en sus negocios temporales i quedar libre de todo reato. No faltaron a lo acordado, i unidos marcharon a Roma, i se presentaron a Pauló III i su santidad les concedió licencia para recibir las sagradas órdenes a título de pobreza voluntaria, i fueron elevados al presbiterado en 24 de junio del mismo año. Luego se repartieron por varias provincias de Italia a ejercer el ministerio que se habian propuesto, i en este año i en el siguiente, renovaron sus votos, escepto el de peregrinar a Jerusalen, porque estaba cerrada la puerta de estas peregrinaciones a causa de la cruel guerra que movieron los turcos.

En 1539, se les presento oportunidad de presentar al Papa su ideado instituto i tuvieron proporcion de impetrar su aprobacion. La santidad de Paulo III estando en Tívoli comisionó su revision a ti-es cardenales, que viribus et armis se opusieron a aquella fundacion. Pero ganaron la voluntad del Papa, i su santidad la aprobó por su bula Regimus de 27 de setiembre del año siguiente 1540 i concedió permiso para hacer sus constituciones con la limitacion de restrinjir su número al de sesenta individuos, i en el de 1549 permitió se admitiesen sin limitacion, i les dispenso amplísimos privilejios en su breve Licet debitum de 15 de noviembre del citado año.

Vencida esta dificultad, elijieron por propósito jeneral al padre Ignacio de Loyola, su santo fundador, i adquiridas en Roma las parroquias de Nuestra Señora de la Estrada i de San Andrés para establecer su primer colejio, hicieron todos en abril de 1541 la profesion relijiosa en el témplo de San Pablo, en manos de su jeneral, a saber: Juan Codurs de Provenza, Pascacio Broet de Picardía, Pedro Tabro i Claudio Jayo de Saboya, Santiago Lainez de Almanza, Alfonso Salmeron de Toledo i Nicolás de Bobadilla de Palencia. Los padres Francisco Javier, natural de Navarra i Simon Rodriguez de Portugal, se hallaban ausentes, aquél en la India Oriental i éste en Lisboa.

Aprobada la compañía, la denominaron de Jesus, a causa de una vision que en 1538 tuvo el santo fundador cerca de Roma. Se propusieron aquellos primeros padres establecer una relijion que no fuesen clérigos, ni monjes, ni frailes, si no una cierta entidad média que de todo participase i se distinguiese de todas, i salieron con ella. Escribieron sus constituciones i en ellas decretaron que el prepósito jeneral fuera vitalicio, i su eleccion la hiciesen los provinciales: le dieron autoridad monárquica en toda la relijion, con facultad de hacer leyes nuevas i de derogar las antiguas; cuando la necesidad i las circunstancias del tiempo lo exijieren, cuya decision era tambien anexa a su autoridad; que cada provincia fuera gobernada por un provincial, i cada colejio por un rector nombrado por el prepósito jeneral, i removido o restablecido cada tres años, i las residencias i casas de conversion debian serlo por superiores nombrados por sus respectivos provinciales; que la compañía en coman i en particular habia de observar pobreza evanjélica, a escepcion de los colejios de estudios, que se les permitia tener rentas con la expresa condicion de no invertirlas en su beneficio, ni en casas de su utilidad i uso, si no en la subsistencia de sus estudiantes i catedráticos. Las casas profesas debian mantenerse de la Providencia, pero no pedian limosna, i los colejios, residencias ¡misiones contribuyan para su decente manutencion. En los colejios tenian un procurador de la clase de presbíteros que llevaba el peso de los negocios temporales, i en las residencias i misiones era de los superiores este cargo.

El alumno debia sufrir dos años de probacion para ser admitido, si al rector de la casa de noviciado le parecía joven de esperanzas. Cumplido el bienio, hacia los votos simples de castidad, pobreza i obediencia, i por indulto pontificio en fuerza de ellos, no obstante de no ser solemnes, era verdadero relijioso, i obligado a permanecer en la Compañía sin poder pasar a mas estrecha relijion, si no era la cartuja, ni secularizarse cuando le conviniese, bajo las penas establecidas contra los apóstatas: i la relijion quedaba con derecho para expulsarlo cuando al prepósito jeneral le pareciese conveniente. Notable desigualdad, que en ninguna otra relijion tiene ejemplar. I todavía quisieron afianzar mas. Alcanzaron letras pontificias para que los espulsos no pudiesen obtener beneficio eclesiástico; i que si alguno saliere de la Compañía contra la voluntad del prepósito jeneral, quedase inhábil para contraer matrimonio, i que si procediese a contraerle, fuese nulo, i de ningun valor.

Concluidos los estudios de latinidad, retórica, filosofía i teolojía, era promovido al sacerdocio, sin cóngrua alguna en caso de ser espulso, contra lo dispuesto en el concilio de Trento, i por la Santidad de Pío V, sobre este punto. De modo que si no tenia patrimonio, quedaba aquel sacerdote en mendicidad irremediable por su inhabilidad para obtener beneficio. Elevados al presbiterado, sufrían otra probacion por espacio de un año, que empleaban en ejercicios espirituales. Cada tres meses renovaban los votos, cuya práctica tuvo su oríjen en la que hicieron los primerós jesuitas en los años 1537 i 38, antes de la aprobacion de su instituto. De la tercera probacion salian para catedráticos; misioneros i operarios. Daban el título de operario a los que se empleaban en predicar, i administrar sacramentos a los cristianos viejos i a los diez años de relijion, no contados con los de probacion i estudios, eran admitidos a la profesion solemne los elejidos por el preposito jeneral, concurriendo en ellos treinta i tres años de edad, ciencia i perfección relijiosa, i la hacían en manos del superior, a quien su reverendísima tenia voluntad de comisionar. En ella añadian a los votos solemnes de castidad pobreza i obediencia, el de estar siempre dispuestos para ser mandados de la sede apostólica, i otro simple en que. prometian no pretender destino alguno del Papa ni de sus superiores, ni admitir dignidad eclesiástica sin espresa licencia de su padre jeneral, quien tenia derecho para negarla, o para obligar sub-mortali a aceptarla. Los que alcanzaban la gracia de ser admitidos a la profesion solemne, afianzaban su permanencia en la relijion, pero tambien quedaban seguros, si delinquían, a gravísimas penas secretas arbitrarias a sus superiores que las imponian sin ninguna formalidad de juicio; i los que no la conseguían quedaban en la clase de coadjutores espirituales, sujetos a ser espulsos cuando le parecía al prepósito jeneral. I tanto éstos como los estudiantes i sacerdotes que habían de obtener el simple de pobreza que tenían hecho, retenían el derecho a los bienes patrimoniales, i a cualesquiera legados que a favor del jesuita mandasen sus parientes, o estraños, sin que la Compañía tuviese alguno a estos bienes aunque falleciese intestado. Últimamente, a los legos llamaban coadjutores temporales, i eran admitidos a los votos simples despues de la bienal probacion, i quedaban sujetos a la relijion con la misma notable desigualdad en el contrato que los espirituales. Estos servían de capellanes en las haciendas de campo, de coriversores en las misiones, i de salir a confesar enfermos, i aquellos de administradores de haciendas, de boticarios, cirujanos, roperos, artesanos, enfermeros, reposteros, i otros oficios necesarios de esta clase.

No solo distinguieron a su Compañía de las demas relijiones en los puntos esenciales que hemos referido, sino también en otros ménos principales. Sus leyes no obligaban sub-mortali. No tenian coro, ni precepto alguno de penitencia. I sus mortificaciones eran arbitrarias al que las queria practicar.

Sus individuos se dividian en varias clases. Una de profesos, a quienes no llamaban frailes, sino padres, i por el tratamiento de paternidad les daban el de vuestra reverencia. Otra de coadjutores espirituales, a los que daban el nombre de sujeto, i tratamiento de vuesencia; i otra de estudiantes i coadjutores temporales, con quienes se entendian por el de hermano. A sus monasterios dénominaron casa profesa de noviciado, colejio, residencia, i mision en vez de convento. A los claustros, patio, i a las celdas, aposento. Su vestido esterior, para fuera de casa, se componia de sombrero de ala tendida, manteo, i sotana con mangas ajustadas; i cuello de cuatro pulgadas de ancho encorvado hacia fuera, ceñida con cíngulo; i dentro de casa llevaban bonete grande de cuatro picos, i gaban con el nombre de sobre-ropa.

Establecido en Roma su primer colejio, en dieziseis años se propago por Italia, Sicilia, Alemania, Francia, España, Portugal, i la India Oriental, i en tan breve tiempo tuvo mas de cien colejios. En 1543 fundo en España el padre Francisco Villanueva, español, su primer colejio en Alcalá, protejido del doctor Vergara, canonigo de la majistral de Cuenca. En los dos siguientes se establecieron en Valencia, Valladolid, i Gandia, i poco despues en toda la península, de donde pasaron a las Américas. El señor don Felipe II envió a ellas tres partidas de estos relijiosos. Una a la Septentrional, i dos a la Meridional. De éstas, una con destino al Perú, bajo las ordenes del padre Juan Sebastian Parricio, i la otra para Chile, a la obediencia del padre Baltazar Piñas, i en breve tiempo se establecieron en todos aquellos vastísimos dominios, i alcanzaron del señor don Felipe III costease la corona para cada provincia, por sexenios, una conducta de relijiosos, que la mayor parte era de italianos i alemanes, conducidos por sus respectivos procuradores, elejidos por los rectores, i padres profesos en una asamblea que denominaban congregacion, i no capítulo como las demas familias relijiosos.

Sobre estos fundamentos se levantó el grande edificio de la Compañía de Jesus, que luego veremos espatriada de varios reinos, i últimamente estinguido i abolido su instituto. Julio III, inmediato sucesor de Paulo III, confirmo su aprobacion, i siguiendo sus huellas, la colmo de privilejios, i la puso bajo la inmediata proteccion de la silla apostólica por su breve Exposcit dado en Roma a 21 de julio de 1550. Lo mismo ejecutaron otros sumos pontífices, que no solo confirmaron su aprobacion, sino que la elevaron mucho con nuevas especialísimas concesiones. Pero quien eche el resto, digámoslo así, de la autoridad de la santa sede a favor de la Compartía, fué la santidad de Gregorio XIII en su famosa bula Ascendente Domino, dada en Roma a 25 de mayo de 1584, que si el prepósito jeneral la hubiera estendido no pudiera haberla ideado, ni puesto mas favorable, de modo que sus antecesores no tuvieron márjen para hacerla mas espresivas gracias.

Yo he leido con gusto, con admirácion, i con especial atencion, todas i cada una de las letras pontificias espedidas a favor de la Compañía, i veo que no son menester ojos demasiado linces, para ver que ellas mismas hacen conocer, sin necesidad de ocurrir a papeles satíricos, que desde su nacimiento hubo grandes disensiones en lo mas interior de la misma relijion, que no se contemplaba bien afianzada, i que las desavenencias trascendieron a los ordinarios, o cuerpos literarios, escuelas públicas, universidades, ordenes regulares, i aun hasta el sagrado de las soberanías que la admitieron en sus dominios; i no refiero casos particulares por no ser de mi inspeccion. Los reverendos arzobispos i obispos, los majistrados i soberanos no podian llevar la oposicion que les hacia la Compañía al favor de los privilejios referidos, ni ménos que metiesen la hoz en materias de Estado. I aunque la sede apostólica trabajó por cortar estas desavenencias, no lo pudo alcanzar, i prohibió con pena de escomunion, que se hablase, escribiese, i disputase sobre su instituto i constituciones. Este remedio no fue bastante para la curacion de tan profunda herida, i pasaron.a suplicar a la santa sede reformase la Compañía, i a su consecuencia decreto la santidad de Sixto V una visita apostólica de esta relijion, i nombró visitador, mas no tuvo efecto a causa del fallecimiento de este Papa, i de los breves dias de su inmediato sucesor Urbano VII, i alcanzaron no solo su suspension sino tambien que Gregorio XIV, por su breve Ecclesia catolica, de, 28 de junio de 1591, repitiese la aprobacion de su instituto i mandase guardarla todos los privilejios que la concedieron sus predecesores.

Se aumentó el desorden a favor de la proteccion, i del poder ilimitado que se adquirió la Compañía en todos los reinos, ciudades, villas i lugares de su establecimiento, i los soberanos entraron en recelos de su conducta. I como los ocursos referidos orientaron a las cortes de la inutilidad de los remedios ordinarios, los desecharon por infructuosos, i espuestos a colisiones i usaron de su potestad económica, i fué estrañada la Compañía de Venecia, Portugal, Francia, España, Nápoles, i Malta.

En toda la península española, i sus islas adyacentes, se verificó la prision de sus relijiosos en la madrugada del 1.° de abril de 1767, a consecuencia de real decreto, de su majestad, dado en el Pardo, a 27 de febrero del mismo año. Verificado el arresto de estos regulares destinados al Estado Pontificio, se procedio a su estrañamiento, i ocupacion de sus temporalidades, a consecuencia tambien de una real pragmática sancion espedida en el mismo sitio real a 2 de abril del espresado año.

En el reino de Chile se ejecutaron las espresadas reales órdenes al amanecer el 27 de agosto del mismo año, no sin noticia de los interesados; porque el mariscal de campo, don Antonio Guill, gobernador de aquel reino se hallaba achacoso, i con este motivo le visitaba con frecuencia su confesor el jesuita P. Javier Ceballos, i tuvo la debilidad de hacerle abrir el pliego que forrado en lata puso en sus manos el conductor, que lo fué un capitan de dragones del rejimiento de Buenos Aires. El jesuita viendo la estrechísima reserva que se le prevenia se la advirtió, pero no fué bastante a separarle de su inconsideracion. El P. Ceballos oriento de todo al rector del colejio máximo, I de allí salieron correos para todas sus casas, colejios, residencias i estancias, que tuvieron tiempo no solo de reservar escrituras, quemar los papeles que podian perjudicarles, sino tambien de trasponer algunos jéneros comerciables, i el dinero que tenian. Dicen que esto seria en corta cantidad, porque avisados del colejio imperial de Madrid de recelarse un golpe grande sobre sus intereses, se notó que pocos meses ántes el procurador de aquel colejio máximo cambio plata por oro, sin detenerse en el interes que se le pedia por el cambio, i es regular lo enviasen a Roma.

Tenia la Compañía en aquel reino una provincia compuesta de cuatrocientos once reliojiosos españoles, chilenos, italianos i alemanes empleados en quince colejios, ocho residencias, siete misiones, cuatro casas de ejercicios espirituales, i una de recreacion, fábrica de vidriado, i panadería, diezisiete estancias de primer orden (114) fuera de otras de ménos cuenta. Reunidos en la capital fueron conducidos todos, menos dos que quedaron enfermos, i el hermano boticario José Zeiler, natural de Alemania al puerto de Valparaiso, donde ahogaron. sesenta en el navío Nuestra Señora de la Ermita que dio al traves, i tras portados los demas al del Callao, navegaron por el Cabo de Hornos al puerto de Santa María, de donde se les trasladó al Estado Pontificio.

Los colejios i sus iglesias con ornamentos, vasos sagrados, i alhajas de plata i oro, dedicados al culto divino, con no pequeña parte de las temporalidades las ha mandado destinar la piedad del soberano a hospitales, i otras obras piar, i se han reservado los caudales para el costo de sus trasportes, i de la subsistencia de los jesuitas españoles i americanos a quienes asiste la real piedad con cuatro reales vellon diarios por individuo, durante sus dial.

Para su conservacion, i limpio manejo se han librado oportunamente las mas sábias, prudentes, i económicas disposiciones, pero si vale decir verdad, es preciso anunciar que el negocio de temporalidades de jesuitas en la América Meridional no tendrá término siguiendo un ordinario tarden de gobierno cual se acostumbra tener en iguales o semejantes asuntos hasta qué no den fin los últimos maravedis, i todavía se puede recelar que sin aclararse, si la corte no toma una providencia estraordinaria, i en la eleccion de este medio está toda la dificultad.

Estrañada la Compañía de los reinos que hemos referido, los soberanos no contemplaron todavía libres de esta familia relijiosa sus reinos i pideron al Sumo Pontífice su estincion. La sede apostólica miró este negocio con la prudente madurez .que exijen semejantes asuntos, i considerando que siempre prestó su aprobacion para la fundacion de las órdenes relijiosas con respecto a la utilidad que se seguia a la Iglesia de su institucion, i que este objeto habla ya cesado en orden a la Compañía de Jesus, precediendo maduro exámen, i sin formalidad de juicio ordinario, la santidad de Clernente XIV decreto su estincion, i abolió para siempre su instituto i constituciones por su breve Dominus ac Redemptor, dado en Roma a 21 de julio de 1773 i fué su último prepósito jeneral el reverendo padre Lorenzo Richi.