ACTAS DEL CABILDO DE SANTIAGO PERIODICOS EN TEXTO COMPLETO COLECCIONES DOCUMENTALES EN TEXTO COMPLETO INDICES DE ARCHIVOS COLECCIONES DOCUMENTALES

Diarios, Memorias y Relatos Testimoniales
Anexos
Documento Nš 104 - CDHI, XXIII, 408-410.

Instrucciones al General en Jefe de la División Pacificadora del Norte. 28 de Julio de 1814.

Santiago, Julio 28 de 1814.

1º. Tendrá a la vista para arreglar su conducta la [el] acta de 23 del corriente, el manifiesto del 25 y el oficio que con fecha de hoy se dirigió al Gobernador relevado de Valparaíso don Francisco Formas que en copia se le acompaña.

2º. La división de que se entrega, consta de tres compañías del regimiento de caballería Nº 2, de cien hombres cada una, a las órdenes del Capitán don Pedro Prado y Montaner; 200 voluntarios de la patria, 150 granaderos, 100 infantes de la patria y 4 piezas volantes con su correspondiente dotación.

3º. Marchará una compañía de 50 fusileros de granaderos y nacionales, a las órdenes del Teniente don Juan de Dios Ureta; y le acompañarán los tenientes don Gregorio Allende y don Juan de Dios Vial y Arcaya. Esta partida se adelantará hasta la cuesta de Zapata; allí esperará el todo de la fuerza y las disposiciones del jefe.

4º. Este hallándose a las inmediaciones de Valparaíso, intimará por última vez la rendición y obediencia a los resistentes y su caudillo, ofreciéndoles el indulto de la vida en nombre del Gobierno, que le faculta para garantir esta proposición.

5º. Si no accediesen, entrará a viva fuerza, y tomada la plaza, hará reconocer y pondrá en posesión al nuevo Gobernador; con quien convocado el Cabildo, recibirá el juramento de obediencia del Gobierno, solemnizándose la respectiva acta que se publicará por bando.

6º. Procesará brevemente a los delincuentes. Los patriotas facciosos serán remitidos con la sumaria a disposición del Gobierno, pero se le faculta ampliamente para sentenciar y ejecutar su juicio contra los europeos o enemigos del sistema que tuviesen complicidad en la insurrección, o que prevalidos de ella intentasen perturbar la quietud pública. Los sospechosos de todos modos serán removidos de aquel pueblo y enviados a este con seguridad.

7º. Diariamente avisará por un posta el estado de las cosas, que inspirará al Gobierno otras medidas según las circunstancias y esperará sus órdenes para regresar después de haberlo tranquilizado todo.- Carrera.

Volver al capítulo