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La Aurora de Chile
Número 11. Jueves, 25 de Marzo de 1813. Tomo II.
Artículos de oficio. Exposición relativa a los últimos sucesos de política interna, 22 de Marzo de 1813; Decreto de la Junta Gubernativa, fechado el 9 del mismo mes, suspendiendo el permiso concedido para la siembra de tabaco.

Santiago y Marzo 22 de 1813.

Al paso de que el gobierno de este reino trata de proporcionar y adoptar con energía los medios más suaves, acertados y prudentes a la ejecución lisonjera de la felicidad y prosperidad común, la corrupción de las pasiones exaltadas, el vergonzoso egoísmo que infecta con hipocresía el lenguaje de la verdadera virtud sin distinguir clases, edad ni dignidades; el imprudente exceso con que se atropellan los deberes respectivos a Dios, a la justicia, a la patria y al hombre mismo constituido en sociedad; la sed insaciable del mando, y la poca o ninguna consideración y respeto con que nuestros enemigos interiores vulneran impunemente las operaciones de los primeros magistrados, forma en sustancia el todo entitativo de una guerra intestina, tanto más peligrosa cuanto es mayor el disimulo en tenderse la red de las asechanzas y funestos ataques contra el blanco de la seguridad común, y personas que mandan. El resultado de esta serie melancólica no es obra de un temor servil, o de una política mal combinada, es, sí, el efecto de una triste experiencia. Reiteradas veces se ha visto este noble vecindario y el reino entero apoyar el pie de sus confianzas en el borde de precipicio, y casi tocando con sus propias manos la espantosa fiera del desorden, el terco y sombrío aspecto de la anarquía, y la cueva sepulcral de su total desolación y exterminio. Las conspiraciones contra el actual gobierno se han repetido con frecuencia y escándalo de la humanidad; y la reciente de 28 de Enero último, que ha dado mérito a la causa seguida de oficio contra sus autores y cómplices, expuso a la patria y a un gran número de sus habitantes a sufrir los horrores y desastres, que no alcanza a calcular la sana razón y el espíritu mas perspicaz. En consecuencia, conciliando la Junta Gubernativa de este reino la seguridad y tranquilidad común con los arbitrios, y el temperamento que dicta la piedad y prudencia de sus funcionarios públicos, tantas veces prodigada en favor de los delincuentes de tan execrable atentado, resolvió definitivamente afianzar aquellas sagradas bases, con dar la última prueba de su generosidad y magnanimidad, expatriando y retirando, como se ha hecho, a distintos puntos [a] los autores y cómplices de dicha conspiración. Si la adopción de estas medidas liberales, que ya deben cesar en lo sucesivo, no surten todo el efecto del buen orden, quietud y sosiego del gobierno y la armonía del Estado. Por tanto, y para este caso, se ordena y manda que habiendo iguales movimientos y conspiraciones, luego que sea conocido y calificado el delito en la forma prevenida por las leyes, se impondrá irremisiblemente la pena capital a sus autores y complices, sin excepción de persona, por constituida que sea en la más alta dignidad. Y para que así se tenga entendido, y llegue a noticia de todos los estantes y habitantes de este reino, publíquese por Bando, y fíjese en los lugares acostumbrados, e imprímase.

Carrera.
Aguirre, Secretario.

Santiago y Marzo 9 de 1813.

El deseo de proporcionar al país un artículo de cultivo y expendio, y de precaver a sus habitantes del disgusto, que les ocasionaría la falta del tabaco que se recelaba, movió a permitir su siembra. Han cesado aquellos temores, y se experimenta en el Erario el vacío que deja su introducción. Por eso ha sido forzoso suspender el beneficio de esta planta, que se franqueará siempre que los interesados en él, o algún amante a la pública prosperidad de cualquiera clase, presente un arbitrio que concilie esta labor con las ventajas actuales de su prohibición, sin gravamen, que por nuevo o incómodo sea mal recibido. Imprímase.

Carrera.- Portales.- Prado.
Díaz, Secretario.