El Supremo Director interino del Estado de Chile
Por cuanto me hallo informado, que algunas personas de esta capital se preparan para salir fuera inspirando temores al pueblo en circunstancias que nunca mejor que al presente debemos mirar asegurada la salvación de la patria. Por tanto, ordena y manda, que ninguna persona de cualquier clase que fuere, salga de esta ciudad, ni aún con destino a sus chácaras, o haciendas inmediatas, sin expresa licencia mía por escrito, bajo la pena de quinientos pesos, que se impondrán al contraventor, y en defecto de bienes con que cubrir la multa, tres meses de prisión; para que llegue a noticias de todos, publíquese por bando y fíjese en los lugares públicos y acostumbrados.— Dado en Santiago de Chile, a 8 de marzo de 1814.— Antonio José de Irisarri.— Doctor José Silvestre Lazo, Secretario.