La Junta Gubernativa de Chile Representante
de la Soberanía Nacional.
La imprevisión frustrando los efectos de un buen deseo, causó el bando taxativo de los precios de la [del] azúcar, y por desgracia de nuestros vicios, se ha hecho una especie de primera necesidad. Así siente el pueblo su falta mientras los que han comprado caro no pueden expenderla sin pérdida, al paso que otros verdaderamente monopolistas se valen de las circunstancias para hostilizar a sus conciudadanos sin lastimarse de las miserias, y privaciones del pobre. El Gobierno deroga el citado bando, facultando a todos los comerciantes por mayor y menor para que libremente puedan vender la [el] azúcar. Pero cuando esta providencia trata de conciliar las necesidades del consumidor con el interés de los negociantes, espera de la honradez de éstos y su amor público, que no se proporcionarán una oportunidad en la escasez para subir los precios, que hagan tomar al Gobierno contra sus sentimientos, resoluciones vigorosas, para que sin escasear el efecto (de cuya abundancia está persuadido) no padezca el ciudadano necesitado. Publíquese por bando, y su impresión sirva de circular. Dado en Santiago de Chile, a 23 de julio de 1814. Carrera. Uribe. Muñoz y Urzúa. Agustín Díaz, Escribano de Gobierno.